Mito #2 sobre salir del clóset: No podés casarte
Gran mito y que me pone tan feliz dar buenas noticias. En Argentina: falso por todos lados porque hay Ley de Matrimonio Igualitario desde 2010. Incluso, gracias a esta Ley el mito es falso para cualquier extranjero que pueda venir legalmente al país: permite el matrimonio igualitario a turistas.
Cada vez más países legislan a favor del matrimonio de personas del mismo sexo (hola Suiza) y habilitan a residentes y extranjeros a los mismos derechos y obligaciones que cónyuges heterosexuales.
Esto no sería posible sin la lucha de organizaciones, activistas y la sociedad por garantizar el acceso a más derechos sin importar la orientación sexual o identidad de género.
Matrimonio Igualitario en Argentina
La Ley 26.618 de Matrimonio Igualitario se sancionó en la Argentina el día 15 de julio del 2010. Dicha ley convirtió a la Argentina en el primer país de América Latina, y el décimo el mundo, en consagrar la ampliación del matrimonio a personas del mismo sexo. El artículo 2 de la Ley establece que “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.
Esta Ley sustituye varios artículos e incisos del Código Civil. Algunos de los cambios más importantes que introdujo esta ley son:
* El artículo 2 establece que “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.
* La modificación del artículo 172 del Código Civil, que definía al matrimonio entre “hombre y mujer”.A partir de esta ley se reemplazó por “contrayentes”.
* Las actualizaciones a los artículos de la ley 26.41354 sobre inscripción de nacimientos: “Los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos. A pedido de éstos podrá inscribirse el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregarse el del otro cónyuge”
* Los cambios a la Ley 18.24855 sobre los nombres y apellidos de las personas: "En caso de matrimonio entre personas del mismo sexo, será optativo para cada cónyuge añadir a su apellido el de su cónyuge, precedido por la preposición "de".
Por último, dado que la Ley de Adopción indicaba que “nadie puede ser adoptado por más de una persona simultáneamente, salvo que los adoptantes sean cónyuges”, la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario habilita la adopción por parte de ambas personas de un mismo sexo.
En resumen: la Ley 26.618 no solo tiene que ver con parejas por fuera de la heteronormatividad que deseaban casarse sino que, además, representa el acceso a derechos como adoptar, compartir junto al cónyuge una cobertura de salud, el derecho a la herencia, a la propiedad de los bienes compartidos o, importantísimo, el derecho a obtener una pensión en caso de fallecimiento de uno de los integrantes de la pareja.
Matrimonio Igualitario y Turistas/Extranjeros
La Ley es aplicable también a los no residentes, es decir que permite el matrimonio igualitario a turistas. Hasta 2021, hubo más de 400 matrimonios de extranjeros.
Matrimonio Igualitario y Ciudadanías (EEUU/Europa) por matrimonio
Sabía que era un mito que no podía casarme en Argentina con alguien de mi mismo sexo. Pero hace muy poco, una noche desvelada me asaltó una pregunta urgentísima: ¿pueden los cónyuges homosexuales de ciudadanos estadounidenses/europeos acceder a la ciudadanía o residir en el país extranjero?
Me alivió saber que el camino ya está bastante allanado, gracias a otros que llevaron a la justicia sus reclamos y afortunadamente se les aprobó.
Estados Unidos: los matrimonios homosexuales son tratados de igual manera que heterosexuales para propósitos de inmigración bajo ley estadounidense. Dicho en otras palabras, las parejas homosexuales casadas pueden solicitar una green card si alguien en la pareja es ciudadano estadounidense o titular de green card.
Europa: Los países europeos se dividen básicamente en 3:
- a) Reconocen legalmente el matrimonio igualitario
- b) Reconocen alguna forma de unión civil
- c) No reconocen matrimonio ni unión civil
Hasta hace relativamente poco, vivir con tu cónyuge homosexual en un país b) ó c) estaba un poco más complicado.
En 2018 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor de un matrimonio homosexual, uno de ellos ciudadano europeo, que quería residir en un país que no reconocía el matrimonio igualitario y por ello le negaban la residencia. A partir de entonces quedó habilitado el derecho del cónyuge de un ciudadano europeo a residir en el mismo país de la Unión Europea que su pareja, independientemente de si el país reconoce el matrimonio homosexual.
Fuentes:
- Links embebidos en el texto